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General

Política de Privacidad y Seguridad

Esta Política de Privacidad y Seguridad se aplica a todas las organizaciones dentro del grupo de empresas de CMC Markets ("CMC Markets), incluyendo CMC Markets UK Plc. En él se explica cómo CMC Markets recopila información personal acerca de usted y cómo se mantiene, utiliza y divulga esa información.

CMC Markets se compromete a proteger la privacidad de toda la información personal que CMC Markets obtenga de Ud., incluida la información que obtengamos durante las visitas que Ud. haga a este sitio web. CMC Markets sólo utilizará su información personal de acuerdo con la presente Política de Privacidad y Seguridad y en otros aspectos con arreglo a la legislación sobre protección de datos del Reino Unido.

CMC Markets recopila determinada información personal al objeto de poder atender las necesidades de sus clientes. Al recopilar determinada información personal, CMC Markets puede efectuar un seguimiento y mejorar los servicios que ofrece a sus clientes actuales y potenciales. Utilizaremos esta información con los siguientes fines, a saber, notificaciones de cumplimiento, información sobre cuentas, tales como extractos, correspondencia, productos, servicios, promociones y eventos de marketing.

CMC Markets recopilará y guardará información sobre Ud. cuando proceda a cumplimentar una solicitud online u otro tipo de formulario, o acceda y maneje su cuenta a través de este sitio Web.

CMC Markets podrá obtener información procedente del uso por su parte de este sitio web al igual que podrá almacenar esta información con su perfil personal. Esta información podrá incluir las áreas del sitio visitadas, las páginas vistas, la frecuencia y duración de las visitas, los tipos de operaciones y transacciones llevadas a cabo, los documentos descargados y otros sitios web que le hayan dirigido a este sitio o sitios a los que Ud. haya llegado a través de enlaces incluidos en este sitio.

CMC Markets podrá utilizar dicha información para uno o más de los siguientes propósitos:

  • para prestarle a Ud. servicios que haya solicitado, incluida la tramitación de operaciones ;
  • para confirmar su identidad
  • para mantener su perfil personal
  • para administrar su cuenta;
  • para ponerse en contacto con Ud. cuando resulte necesario o adecuado en relación con los servicios que se le estén prestando;
  • para mantenerle informado como cliente en relación con asuntos tales como contratos que Ud.haya negociado y actividades de CMC Markets;
  • para gestionar y administrar los productos y servicios que se le prestan a Ud;
  • para suministrarle información relativa a los productos y servicios que ofrece CMC Markets;
  • para poder conocer y comprender los productos y servicios de CMC Markets en los que pueda estar interesado;
  • para proporcionarle información que, a nuestro juicio, pueda serle de interés;
  • para adaptar el sitio Web en función de sus necesidades e intereses; y
  • para crear datos estadísticos no personalizados.

Ud. consiente que CMC Markets utilice su información personal para los fines arriba indicados. También consiente que CMC Markets transfiera su información personal fuera del Área Económico Europea cuando sea necesario para que CMC Markets pueda cumplir con las obligaciones contractuales asumidas ante Ud. Tenga en cuenta que CMC Markets sólo proporcionará información personal a organizaciones de fuera de la UE si evalúa que la organización tenga los controles adecuados y vaya a proteger sus datos personales.

¿A quién podrá divulgar CMC Markets esta información?

Es posible que se requiera a CMC Markets suministrar su información personal a la FSA (Financial Services Authority) y a la CNMV,así como a otros organismos reguladores y gubernamentales tanto en el Reino Unido como en otros países.

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  • instituciones financieras y otras organizaciones similares con las que tenga relación en el curso de sus actividades corporativas, u otras entidades que Ud. indique;
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  • cualquier organización a solicitud de Ud. o cualesquiera personas que actúen en nombre de Ud., incluido su asesor financiero, broker, abogado o contable;
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  • cualquier autoridad a la que CMC Markets esté obligada a divulgar dicha información por ley.

CMC Markets no venderá o proporcionará su información personal a terceros con fines de marketing.

CMC Markets podrá combinar la información personalmente identificable perteneciente a Ud. con información procedente de otros usuarios de este sitio web para crear datos estadísticos no personalizados. CMC Markets podrá suministrar estos datos estadísticos a sus socios comerciales o terceros. En ningún caso podrá identificársele a Ud. a partir de estos datos estadísticos: Ud. tendrá siempre garantizado su anonimato.

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De conformidad con lo previsto en la legislación sobre protección de datos del Reino Unido, Ud. está legitimado (con sujeción a determinadas excepciones) a obtener cualquier información personal que CMC Markets guarde sobre Ud. y a informar a CMC Markets de cualquier inexactitud detectada.

If you En caso de que quiera remitir cualquier solicitud o petición, rogamos escriba a CMC Markets, verificando su identidad y exponiendo la información solicitada.

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Al acceder a este sitio web, Ud. consiente que CMC Markets recopile, guarde, use y divulgue información personal sobre Ud. y la información suministrada por Ud. o por cualquier otra persona según se ha descrito más arriba.

CMC Markets podrá introducir cambios en esta Política de Privacidad y Seguridad por cualquier motivo y le informará de dichos cambios colgando una versión actualizada de la presente Política de Privacidad y Seguridad en este sitio web. Es Ud. responsable de revisar regularmente la presente Política de Privacidad y Seguridad y, en caso de que Ud. utilice este sitio Web una vez publicados dichos cambios, dicho uso constituirá su conformidad a los mismos.

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(k) atacar la plataforma a través de un ataque de denegación de servicio o un ataque distribuido de denegación de servicio.

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Ud. acuerda indemnizar, defender y eximir de toda responsabilidad a CMC, sus matrices, filiales, asociadas, altos cargos y empleados en relación con cualquier pérdida, coste, daños y perjuicios, reclamación o demanda, incluidos los honorarios razonables de abogados, que pueda presentar un tercero o en que pueda incurrir o sufrir CMC o sus matrices, filiales, asociadas, altos cargos o empleados en relación con el uso, por parte de Ud., del sitio web incumpliendo los presentes Términos y Condiciones o mediando negligencia.

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Los presentes Términos y Condiciones (y, cuando proceda, las Condiciones de Contratación) contienen el acuerdo íntegro existente entre Ud. y nosotros en relación con el acceso y uso, por parte de Ud., de este sitio web. CMC podrá modificar estos Términos y Condiciones en cualquier momento y le notificará dichos cambios colgando una versión actualizada de los presentes Términos y Condiciones en este sitio web. Será responsabilidad de Ud. revisar regularmente estos Términos y Condiciones y, en caso de que utilice este sitio web con posterioridad a la publicación de cualquiera de dichos cambios o modificaciones, dicho uso constituirá la aceptación por parte de Ud. de dichos cambios y modificaciones.

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Con excepción de los derechos de obligado cumplimiento que sean aplicables en su país o jurisdicción, este sitio web (incluidos los presentes Términos y Condiciones) se regirá por la ley inglesa y serán los juzgados y tribunales ingleses los que ostenten la jurisdicción exclusiva en relación con cualesquiera controversias que pudieran surgir de este sitio web.

Datos Societarios

Los datos de inscripción registral de CMC Markets UK Plc son los siguientes:
Domicilio Social: 133 Houndsditch, London EC3A 7BX (Reino Unido);
Inscrita en el Registro Mercantil de Inglaterra y Gales.
Número de inscripción registral: 244840.
Número de Identificación Fiscal: 849 1757 83
Correo electrónico: clientmanagement@cmcmarkets.co.uk
Los datos de inscripción registral de la Sucursal en España de CMC Markets UK Plc son los siguientes:
Domicilio: c/Serrano, nº21, 28001 Madrid, España
Inscrita en el Registro Mercantil con el número CIF W0060801H
Correo electrónico: info@cmcmarkets.es

Información sobre el Organismo Regulador

CMC Markets UK Plc es una sociedad autorizada y regulada por la FCA (Financial Conduct Authority) en el Reino Unido. El número de registro de la FCA de CMC Markets UK Plc es: 173730. Para más información relativa al Registro de la FCA rogamos visiten el sitio web de la FCA:
https://www.fca.org.uk/

La Sucursal en España de CMC Markets UK Plc está inscrita en el Registro de Sucursales de Empresas de Servicios de Inversión de la UE, de la Comisión del Mercado de Valores "CNMV", con el número 45. En España la CNMV ejerce funciones de supervisión en cuanto al cumplimiento de las normas de conducta.

Para más información visite la página web de la CNMV:
http://www.cnmv.es/portal/home.aspx

Conflictos de Interés

Resumen Política Conflicto de Intereses

Introducción
El presente documento resume la Política de Conflicto de Intereses (“la Política”) de CMC Markets UK PLC y CMC Spreadbet PLC´s (“CMC”). CMC a estos efectos incluye también a las compañías del grupo, empleados, representantes, agentes, proveedores o cualquier otra persona o entidad con vinculación directa o indirecta.

CMC se compromete a gestionar los Conflictos de Intereses que puedan surgir de una manera
equitativa. Para ello, CMC ha creado una Política de Conflicto de Intereses que establece los
controles y procedimientos necesarios para identificar los que existan o puedan existir en un futuro entre CMC y sus clientes.

Objetivo
El objetivo de la presente política es asegurar que los conflictos de intereses dentro de CMC son identificados y tratados adecuadamente cuando sea necesario, garantizando que se informa a los clientes de manera adecuada y transparente cuando esto ocurra para así asegurarse de que son
tratados de una manera justa de acuerdo con la normativa aplicable.

Ámbito de aplicación
La presente política aplica a todas las actividades de CMC reguladas, incluyendo aquellas
actividades gestionadas por terceros. Todos los empleados tienen la obligación de cumplirla.

Detección/Identificación de Conflictos de Intereses
CMC tiene sistemas y protocolos que le permiten identificar potenciales conflictos de intereses.
Una vez que el conflicto ha sido identificado, existen procedimientos que permiten gestionarlo de una manera adecuada. En este sentido se considera que se puede dar un Conflicto de Interés cuando hay obligaciones o motivaciones contrapuestas que posiblemente causen un riesgo real o
material para los intereses de un cliente, incluyendo los siguientes supuestos:

(a) Cuando CMC pueda obtener un beneficio o evitar incurrir en una pérdida a expensas de los
intereses de un cliente.

(b) En los supuestos en los que existe la posibilidad de que CMC pueda obtener una ganancia
económica o pueda evitar una pérdida a expensas del cliente.

Procedimientos para gestionar los Conflictos de Intereses
CMC ha establecido procedimientos que están diseñados para identificar y gestionar Conflictos de
Intereses. Esto incluye un número de medidas organizativas y administrativas destinadas a
proteger los intereses de los clientes y minimizar su número en lo posible.

El listado siguiente es una enumeración no exhaustiva de algunas de dichas medidas de control y
organizativas:

(a) Segregación de funciones y supervisión de empleados.

(b) Restricciones en la operativa por cuenta propia de empleados, que aplica a todos con independencia de su función, posición o antigüedad.

(c) Control de las políticas de remuneración.

(d) Procedimiento para garantizar que no hay retrocesiones u otra forma de remuneración no apropiada recibida de o dada a terceros. Asimismo, también hay procedimientos para garantizar que los clientes son informados cuando se paguen retrocesiones u otra forma de remuneración que pudiera entrar en conflicto con sus intereses.

(e) Una política de aceptación de regalos con la que deben cumplir todos los empleados.

(f)  Formación a empleados (incluyendo directivos) en materia de conflicto de intereses.

Obligación de información en materia de Conflicto de Intereses
Cuando CMC considere razonablemente que los procedimientos y controles en vigor no son
suficientes para gestionar los potenciales o reales Conflictos de Intereses, CMC informará a los
clientes al respecto de una forma clara y transparente. Puede solicitar más información sobre la Política de Conflicto de Intereses de CMC, incluyendo una versión completa de la misma, dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico: soporteclientes@cmcmarkets.es.

Ingresos y Reembolsos

Cómo abonar su cuenta
Usted puede abonar en su cuenta mediante tarjeta de crédito o débito o mediante la transferencia de fondos desde su cuenta bancaria. No se aceptan depósitos en cheques o en efectivo. Asegúrese de que cualquier pago que usted hace para abonar su cuenta es desde una tarjeta o una cuenta a su nombre. Todo pago de terceras fuentes serán devuelto.

Tipo de Pago
Cargos Tiempo Método
Tarjeta de Débito UK Gratis De forma inmediata a la recepción de los fondos. (Sujeto a comprobaciones vigentes por posible fraude etc). Online: En cualquier momento a través del menú de Pagos de la plataforma y a través del icono de ingresos. Teléfono: +34 911 140 705 de Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas
Tarjeta de Débito no UK Gratis De forma inmediata a la recepción de los fondos. (Sujeto a comprobaciones vigentes por posible fraude etc). Online: En cualquier momento a través del menú de Pagos de la plataforma y a través del icono de ingresos. Teléfono: +34 911 140 705 de Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas
Tarjeta de Crédito Gratis En cualquier momento a través del menú de Pagos de la plataforma y a través del icono de ingresos. Teléfono: +34 911 140 705 de Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas
Transferencia Bancaria Estandard Cero Hasta 4 días hábiles Los datos bancarios de CMC están disponibles en la sección de Pagos de nuestra plataforma una vez haya accedido a la misma.

Nota: Los cargos serán deducidos por la cantidad del abono y los ingresos netos acreditados a su cuenta de trading. No aceptamos American Express o Diners.

Cómo retirar fondos de su cuenta
Puede retirar fondos de su cuenta online haciendo clic en el icono de pagos y luego seleccionando la pestaña reembolsos. Alternativamente, puede utilizar el chat (Ayuda en directo) o llamar al Servicio de Atención al Cliente para obtener ayuda. Tenga en cuenta que por su seguridad, le podremos solicitar información adicional y / o una prueba de identidad antes de procesar la solicitud de retiro. No transferimos fondos a una cuenta de terceros, así que por favor asegúrese de que la cuenta bancaria está a su nombre.

Nota: Si sus datos bancarios están registrados procesaremos esta solicitud el mismo día, antes de nuestra hora límite de las 11.

Tipo de Reembolso Cargos Tiempo Método
Tárjeta de Débito UK Cero Puede tardar hasta 6 días hábiles. (El tiempo variará en función del emisor de su tarjeta). Online: En cualquier momento mediante el icono de Pagos de la Plataforma. Función Chat de la Plataforma:
Teléfono:
 +34 911 140 705 Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas
Tárjeta de Dédito no de UK Cero  Puede tardar hasta 6 días hábiles. (El tiempo variará en función del emisor de su tarjeta). Online: En cualquier momento mediante el icono de Pagos de la Plataforma. Función Chat de la Plataforma:
Teléfono: 
+34 911 140 705 Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas 
Tarjeta de Crédito Cero Puede tardar hasta 6 días hábiles. (El tiempo variará en función del emisor de su tarjeta). Online: En cualquier momento mediante el icono de Pagos de la Plataforma. Función Chat de la Plataforma:
Teléfono:
 +34 911 140 705 Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas 
Transferencia Bancaria Estandard Cero Hasta 6 días hábiles Online: En cualquier momento mediante el icono de Pagos de la Plataforma. Función Chat de la Plataforma:
Teléfono:
 +34 911 140 705 Lunes a Viernes de 8:30 a 19:00 horas 

Advertencia de Marketing

El contenido de este documento es una comunicación de marketing, más que un informe de inversión independiente. En consecuencia, los requisitos legales y de regulación en relación con el asesoramiento independiente de inversiones no se aplican a este material, y no está sujeto a ninguna prohibición antes de su difusión.

La información (que consiste exclusivamente en una opinión) es para fines de información general solamente, y no tiene en cuenta sus circunstancias personales u objetivos. Esta comunicación no consiste en un asesoramiento financiero, de inversión o de otro tipo. Ninguna opinión en dicha comunicación constituye una recomendación de CMC Markets o por parte del autor sobre cualquier inversión en particular, operación o estrategia de inversión para ninguna persona en concreto.

Aunque la información que figura en esta comunicación de marketing se obtiene de fuentes que se consideran fidedignas, ni CMC Markets ni el autor garantizan su precisión o integridad. Toda la información es indicativa y sujeta a cambios sin previo aviso y puede no estar actualizada en un momento dado. Ni CMC Markets ni el autor serán responsables de la pérdida que pueda sufrir, directa o indirectamente, derivada de cualquier inversión sobre la base de la información contenida en este documento.

Este material puede incluir gráficos que muestren la rentabilidad pasada de los instrumentos financieros, así como estimaciones y previsiones. Cualquier información relacionada con la rentabilidad pasada de una inversión no necesariamente garantiza rentabilidades futuras.

A menos que se indique lo contrario, las cotizaciones utilizadas en los ejemplos son las cotizaciones propias de CMC Markets y no de terceros.

Procedimiento de Reclamaciones

¿Cómo vamos a tratar su reclamación?

Consultas y reclamaciones de clientes
Nuestro objetivo es proporcionar un alto nivel de servicio a todos nuestros clientes constantemente. Valoramos las observaciones de toda clase por parte de los clientes y las utilizamos para mejorar nuestros productos y servicios.Somos conscientes de que en algún momento las cosas pueden salir mal, o puede haber malentendidos. Estamos comprometidos con la atención de las consultas y las reclamaciones de manera positiva y asertiva. Nuestro objetivo es hacer las cosas bien a la primera oportunidad, allá donde hayamos fallado.

Consultas sobre la cuenta
Si tiene alguna consulta sobre su cuenta o su relación con CMC Markets, debe notificarlo inicialmente al Equipo de Atención al Cliente tan pronto como sea razonablemente posible por:

E-mail a soporteclientes@cmcmarkets.es (para clientes de la Plataforma Next Generation) o clientes@cmcmarkets.es (para clientes de Marketmaker)
Llamando al número de teléfono 91 114 07 05
Por medio del chat online (para clientes de Next Generation)
Escribiendo a  C / Serrano 21 planta 4ª 28001 Madrid.

Nuestro equipo de atención al cliente determinará si la consulta se puede resolver inmediatamente o requiere ser investigada en profundidad. La mayoría de las consultas se pueden resolver inmediatamente o dentro de las 24 horas. Si la consulta requiere más tiempo, nos comunicaremos con usted en el plazo de los 5 días hábiles después de la consulta inicial para informarle sobre el resultado.

Proceso de tratamiento de Reclamaciones
Cuando la consulta inicial no se resuelve de forma satisfactoria para usted, o si desea presentar una reclamación, debe informarlo a nuestro equipo de atención al cliente a través de:

E-mail a soporteclientes@cmcmarkets.es
Llamando al número de teléfono 91 114 07 05
Por medio del chat online (para clientes de Next Generation)
Escribiendo a  C / Serrano 21 planta 4ª 28001 Madrid.

Le enviaremos un acuse de recibo de su reclamación inmediatamente. Su reclamación será tratada por alguien que no ha estado involucrado directamente con el asunto de la queja.

Nuestro objetivo es resolver su queja e informarle de su resultado lo más pronto posible. Intentaremos resolverla a la mayor brevedad posible (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su recepción); sin embargo, pueden darse ocasiones en las que no sea posible resolverla en ese plazo; en cualquier caso, desde el momento en que reciba el acuso de recibo de su reclamación, se le irá informando puntualmente sobre su estado hasta el momento en que nuestra investigación termine. 

Si no podemos resolver su queja al cabo de 8 semanas de haberla recibido, nos pondremos en contacto por escrito con usted para explicarle por qué no estamos en condiciones de ofrecerle una respuesta final a su reclamación, y para proporcionarle
una indicación de cuándo esperamos ser capaces de hacerlo; asimismo, le informaremos del organismo oficial al que puede remitir su reclamación, así como sus datos de contacto. 

Independientemente de si la reclamación se refiere a una cuenta que usted tiene con CMC Markets Germany GmbH o CMC Markets UK Plc.,si usted presenta una reclamación directamente ante nosotros, en la investigación de su queja, tendremos en cuenta la materia objeto de la misma, la información que usted ha proporcionado, la información que obra en nuestros registros y las orientaciones pertinentes de nuestro regulador.  

Le enviaremos por escrito el resultado de su queja y las razones que la apoyan incluyendo los detalles de cómo se ha calculado la posible compensación.

Puede consultar las disposiciones que regulan el Servicio de Atención al Cliente de CMC Markets UK Plc Sucursal en España en el Reglamento para la Defensa del Cliente.

Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
Usted puede remitir su reclamación a la CNMV si permanece en desacuerdo con nuestra respuesta o si en el plazo de un mes no ha obtenido respuesta o si ésta no fuera de su agrado. Por favor, recuerde que CMC Markets dispone de un plazo de 2 meses para dictar un pronunciamiento razonado, a contar desde la fecha de recepción de la reclamación. 

La dirección de este organismo es:

"Oficina de Atención al Inversor de la Comisión Nacional del Mercado de Valores", Calle Edison 4, 28006 Madrid.

Teléfono: 902 149 200

También puede realizar un envío electrónico de su reclamación, a través de la Sede Electrónica de la CNMV.

Si requiere de ayuda adicional sobre este apartado o tiene cualquier duda o pregunta, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Si formula su duda o pregunta por correo electrónico, por favor no deje de adjuntar, si los hubiera, los mensajes previos que hubiéramos intercambiado con usted sobre el mismo tema, para asegurar así una respuesta rápida y completa.

FORMULARIO DE LA CNMV

BAFIN
Si su reclamación está relacionada con la cuenta que mantiene con CMC Markets Germany GmbH, puede contactar en cualquier momento con el organismo oficial alemán, la Autoridad Federal de Supervisión Financiera (Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht o BaFin).

Supervisión Bancaria y de Seguros:
Autoridad Federal de Supervisión Financiera
Graurheindorfer Straße 108, 53117 Bonn
Fax: + 49 (0) 228 4108-1550

Supervisión de Valores / Gestión de Activos:
Autoridad Federal de Supervisión Financiera
Marie-Curie-Str. 24-28, 60439 Frankfurt am Main
Fax: + 49 (0) 228 4108-123
Teléfono: +49 (0) 228/4108 - 0
E-Mail: poststelle@bafin.de
Internet: www.bafin.de

Además, si usted es un consumidor, puede ponerse en contacto con la Junta de Arbitraje Público del Bundesbank Alemán con una breve descripción de los hechos y los documentos necesarios para entender la reclamación.

La dirección de la Junta de Arbitraje es:
Bundesbank alemán
junta de arbitraje
PO Box 11 12 12 32
60047 Frankfurt am Main

En la página web del Bundesbank Alemán puede obtener más información, en particular, un folleto y los reglamentos de conciliación.

Financial Ombudsman Service (FOS)
Si su reclamación está relacionada con la cuenta que mantiene con CMC Markets UK Plc, puede remitir su reclamación al FOS en los datos facilitados más abajo. Esto lo podrá hacer cuando no haya recibido una respuesta final satisfactoria tras ocho semanas de habernos remitido su reclamación. Si desea que el FOS acepte su reclamación, deberá contactar con ellos dentro de los 6 meses siguientes a la recepción de nuestra respuesta final. 
El FOS actúa como un árbitro imparcial en la resolución de conflictos con las entidades financieras y el servicio es gratuito.

Financial Ombudsman Service
Exchange Tower
London
E14 9SR.
Tel: 0800 0 234 567
http:www.financial-ombudsman.org.uk

Puede acceder a una copia del folleto explicativo del FOS a través del siguiente enlace;
http://www.fos.org.uk/publications/consumer-leaflet.htm

Reglamento para la Defensa del Cliente

CMC Markets UK Plc sucursal en España

La aprobación del presente REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE tiene como objeto
dar adecuado cumplimiento a las normas de protección de la clientela de servicios
financieros contenidas en el capítulo V de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de
medidas de reforma del sistema financiero, artículo 48 de la Ley 35/2003, de 4 de
noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva y en la Orden ECO/734/2004, de
11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor
del cliente de las entidades financieras, y, en particular, a las disposiciones
del artículo 8 de la Orden.

La aprobación de este Reglamento se enmarca asimismo en la política general de protección
de la clientela de CMC Markets UK plc Sucursal en España, estableciendo los medios,
órganos y procedimientos necesarios para garantizar una adecuada protección del
derecho de los clientes a que sean atendidas y resueltas sus quejas y reclamaciones.

Dichas quejas y reclamaciones son inevitables y no deben enfocarse negativamente,
sino que pueden proporcionar a CMC información vital sobre nuestro servicio, siendo
una valiosa herramienta para detectar nuestros errores y cómo podemos mejorarlo.
Asegurándonos de que contamos con sólidos procedimientos podremos hacer
que nuestros clientes se sientan seguros de que les estamos ofreciendo el mejor
servicio a su alcance. De esta manera estaremos más cerca de conseguir el objetivo
final de retener al cliente, lo que beneficia tanto al cliente como a CMC.

Se ha optado para ello por establecer un servicio independiente de atención al cliente,
cuya estructura y medios se establecen en el capítulo II del Reglamento. El procedimiento
ante dicho servicio, regulado de conformidad con las estipulaciones del capítulo
III de la Orden antes mencionada, se describe con detalle en el capítulo III del
Reglamento.

Todo el personal implicado debe estar al corriente del procedimiento interno de
CMC de tratamiento de las reclamaciones y quejas y debe procurar asegurarse de que
actúa de acuerdo con el mismo.

CAPÍTULO I - Disposiciones Generales

Artículo 1.- Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto regular el derecho que asiste a los Clientes
de CMC a que sean atendidas y resueltas sus Reclamaciones, así como los medios,
órganos (el Servicio de Atención al Cliente) y procedimientos establecidos por CMC
para asegurar un ejercicio efectivo de dicho derecho.

Artículo 2.- Definiciones

A los efectos del presente Reglamento:

  • "CMC" significará CMC MARKETS UK PLC SUCURSAL EN ESPAÑA;
  • "Cliente" significará
    cualquier persona o entidad, española o extranjera, que reúna la condición de que
    haya contratado con CMC la prestación de cualquier servicio de inversión o servicio
    auxiliar de los recogidos en su programa de actividades registrado ante la Comisión
    Nacional del Mercado de Valores, incluyendo las operaciones de suscripción y reembolso
    de Instituciones de Inversión Colectiva comercializadas por CMC;
  • "Comisionado"
    significará el COMISIONADO PARA LA DEFENSA DEL INVERSOR creado por el artículo 22
    de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero,
    y regulado por el Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba
    el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros
    (y, en su caso, el órgano u organismo que pueda sustituirlo en el futuro). En tanto
    dicho Comisionado no sea nombrado por el Ministro de Economía según previene el
    artículo 2 del citado Real Decreto 303/2004, todas las referencias contenidas en
    el presente Reglamento al Comisionado se entenderán realizadas a la Comisión Nacional
    del Mercado de Valores;
  • "Orden" significará la Orden ECO/734/2004, de 11 de
    marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor
    del cliente de las entidades financieras, tal y como ésta pueda ser modificada en
    el futuro o, en su caso, la norma que pueda sustituirla;
  • "Reclamación" significará
    cualquier queja o reclamación que un Cliente pueda presentar contra CMC en relación
    con sus intereses y derechos legalmente reconocidos;
  • "Reglamento" significará
    el presente REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE aprobado en cumplimiento de lo
    establecido en el artículo 8 de la Orden, tal y como pueda ser modificado en el
    futuro;
  • "Servicio de Atención al Cliente" o "Servicio" significará el servicio
    especializado de atención al cliente establecido por CMC con las funciones que le
    atribuye el artículo 4 del Reglamento y, en particular, la de atender y resolver
    las Reclamaciones de los Clientes.

Artículo 3.- Derechos de los Clientes

Todos los Clientes, cuando estimen que han sufrido un tratamiento negligente, incorrecto
o no ajustado a Derecho, tendrán derecho a que sus reclamaciones y quejas sean atendidas
y resueltas en el plazo de dos meses, gratuitamente y de conformidad con lo establecido
en el presente Reglamento, atendiendo a las normas y principios establecidos en
la normativa de transparencia y protección de la clientela, de las buenas prácticas
y usos financieros y de los principios de diligencia, buena fe, equidad y confianza
recíproca.

CAPÍTULO II - El Servicio de Atención al Cliente

Artículo 4.- Funciones

  1. CMC dispondrá de un servicio especializado y autónomo de atención al cliente (el
    "Servicio de Atención al Cliente") encargado de proteger los derechos e intereses
    legítimos de los Clientes en sus relaciones con CMC.

    En concreto, dicho Servicio de Atención al Cliente desempeñará las siguientes funciones:

    • Atender y resolver las Reclamaciones que puedan presentar los Clientes de conformidad
      con el procedimiento establecido en el Capítulo III;
    • Promover y velar por el
      cumplimiento en CMC de la normativa sobre protección de la clientela y de las buenas
      prácticas y usos financieros, preparando y realizando, a iniciativa propia o a requerimiento
      de CMC, informes, recomendaciones y propuestas en relación con dichas cuestiones;
    • Asegurar el cumplimiento de las obligaciones de información impuestas por la Orden
      de conformidad con lo establecido en el artículo 16;
    • Atender en nombre de CMC
      los requerimientos efectuados por el Comisionado en el ejercicio de sus funciones;
      y
    • Preparar un informe anual explicativo del desarrollo de su función de conformidad
      con lo establecido en el artículo 17.
  2. Quedan excluidas, sin embargo, de la competencia del Servicio de Atención al Cliente:

    • Las relaciones entre CMC y sus empleados o Agentes, salvo cuando éstos actúen únicamente
      en su condición de Clientes;
    • Las cuestiones sobre las que se estuviera tramitando
      simultáneamente, o hubieran sido objeto de un procedimiento administrativo, arbitral
      o judicial en relación con los mismos hechos que son objeto de la Reclamación.

Artículo 5.- Estructura y composición

  1. El Servicio de Atención al Cliente se encontrará separado de los restantes servicios
    comerciales y operativos de CMC.

    Sin perjuicio de la independencia que le corresponde en el ejercicio de sus funciones,
    dependerá a efectos organizativos del Director General de CMC.

  2. El Servicio de Atención al Cliente estará compuesto por un titular y por el personal
    auxiliar que el Director de CMC estime en cada momento conveniente a la luz de las
    necesidades y la carga de trabajo del Servicio. Asimismo dispondrá de los medios
    materiales, técnicos y organizativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 6.- Designación

  1. Tanto el titular como el resto del personal auxiliar adscrito al Servicio de Atención
    al Cliente serán designados por el Director de CMC.

  2. Serán condiciones necesarias para poder ser designado como titular del Servicio de Atención al Cliente las siguientes:

    • Disponer de honorabilidad comercial y profesional; a estos efectos, se entenderá
      que concurre honorabilidad comercial y profesional en quienes hayan venido observando
      una trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles y otras que regulan
      la actividad económica y la vida de los negocios, así como las buenas prácticas
      comerciales y financieras;
    • Contar con conocimientos y experiencia adecuados para ejercer las funciones que le corresponde ejercer de acuerdo con el presente Reglamento; a estos efectos, poseerán conocimientos y experiencia adecuados para desempeñar el cargo de titular del Servicio de Atención al Cliente quienes hayan desempeñado funciones relacionadas con las actividades financieras que CMC pueda desempeñar en España, de conformidad con la legislación y su programa de actividades;
    • No estar sujeto a ninguna de las incompatibilidades recogidas en el apartado 6.3 siguiente.
  3. Se considerarán como causas de incompatibilidad a los efectos del apartado (c) del
    artículo 6.2 las siguientes:

    • Prestar servicios profesionales a empresas competidoras de CMC, así como aceptar
      puestos de empleado, directivo o administrador en aquellas;
    • Desempeñar el puesto de Presidente, Vicepresidente, Consejero o Administrador, Consejero Delegado, Director General o asimilado, o desempeñar cargos que tengan atribuidas funciones ejecutivas en cualquier entidad de crédito, empresa de servicios de inversión, sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva, entidad aseguradora, entidad gestora de fondos de pensiones o sociedad de correduría de seguros;
    • Formar parte del Consejo de Administración u órgano de administración, o aceptar puestos de empleado, directivo o administrador, en más de cuatro sociedades españolas, salvo cuando el titular del Servicio de Atención al Cliente, su cónyuge, ascendiente o descendiente, o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, directo o colateral, juntos o separados, sean propietarios de una participación igual o superior al cociente de dividir el capital de dicha sociedad por el número de miembros del órgano de administración; o en los casos de representación legal de menores, ausentes o discapacitados;
    • Desempeñar cargos políticos o realizar cualesquiera otras actividades que pudieran tener trascendencia pública o que pudieran afectar de algún modo a la imagen del Servicio de Atención al Cliente;
    • Aquellas que específicamente pueda establecer la normativa aplicable en cada momento;
  4. La designación del titular del Servicio de Atención al Cliente será comunicada al
    Comisionado y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Artículo 7.- Mandato

  1. El nombramiento del titular del Servicio de Atención al Cliente tendrá una duración
    de tres años, y podrá ser renovado por iguales periodos de tres años. No hay limitación
    alguna al número de veces en que el Director de CMC podrá renovar el nombramiento
    del titular del Servicio de Atención al Cliente.

  2. El titular del Servicio de
    Atención al Cliente cesará en el ejercicio de sus funciones por cualquiera de las
    siguientes causas:

    • Expiración del plazo para el que fue nombrado sin que el Director de CMC haya procedido
      a su renovación;
    • Renuncia;
    • Muerte o incapacidad sobrevenida para el
      desempeño de las funciones propias del cargo;
    • Pérdida de las condiciones de
      elegibilidad mencionadas en el artículo 6.2 anterior;
    • Haber sido condenado por
      delito en sentencia firme; o
    • Grave incumplimiento de sus obligaciones o notoria
      negligencia en el ejercicio de las mismas.

    La concurrencia de las circunstancias mencionadas en los apartados (c), (d) y (f)
    serán apreciadas por el Director de CMC previa instrucción del correspondiente expediente
    contradictorio.

    En caso de cese del titular del Servicio de Atención al Cliente, el Director de
    CMC procederá inmediatamente al nombramiento de un nuevo titular que cumpla con
    los criterios de elegibilidad recogidos en el artículo 6.2. En todo caso, las actuaciones
    realizadas por el anterior titular del Servicio seguirán siendo válidas.

    El cese y posterior nombramiento de un nuevo titular del Servicio de Atención al
    Cliente no suspenderá el plazo para resolver una Reclamación previsto en el artículo
    14.1.

Artículo 8.- Ejercicio del Cargo. Independencia

  1. El titular del Servicio de Atención al Cliente ejercerá las funciones propias de
    su cargo con la diligencia, la buena fe y un comportamiento ético acordes con la
    naturaleza de sus funciones.

    Asimismo, en el desempeño de las mismas, actuará siempre con la máxima imparcialidad
    e independencia.

    CMC no podrá adoptar ningún tipo de represalias, sanciones, amenazas o medidas de
    presión sobre el titular del Servicio de Atención al Cliente con el objeto de influir,
    directa o indirectamente, en el sentido de las decisiones adoptadas por el Servicio
    en el ejercicio de sus funciones.

  2. El Servicio de Atención al Cliente se encontrará separado de los restantes servicios
    comerciales y operativos de CMC, y en el ejercicio de sus funciones tomará sus decisiones
    con total autonomía.

  3. El titular del Servicio de Atención al Cliente deberá abstenerse
    de conocer de aquellas Reclamaciones que presenten un interés directo para él o
    ella, bien sea por afectarle directamente o bien por afectar a sus parientes por
    consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, directo o colateral, o bien a personas
    con quienes mantenga o haya mantenido una estrecha relación afectiva o de amistad,
    tanto en relación con el Cliente como en relación con los empleados de CMC afectados
    por los hechos que son objeto de la Reclamación.

    En esas situaciones, el titular del Servicio de Atención al Cliente lo pondrá de
    manifiesto al Director de CMC, quien designará excepcionalmente para tramitar y
    resolver dicho expediente a otra persona que cumpla con las condiciones exigidas
    para desempeñar el cargo de titular del Servicio de Atención al Cliente y no se
    vea afectado por dicha circunstancia. En el ejercicio de sus funciones, el titular
    ad hoc así designado disfrutará de los mismos derechos y prerrogativas
    que el titular del Servicio de Atención al Cliente.

  4. El titular del Servicio de Atención al Cliente, así como las personas adscritas
    a dicho Servicio, guardarán secreto de toda la información a la que hayan tenido
    acceso en el ejercicio de su cargo, que utilizarán exclusivamente en el desempeño
    del mismo y que custodiarán con la debida diligencia. Tampoco podrán aprovechar
    en beneficio propio, directa o indirectamente, o de personas a ellos vinculadas,
    oportunidades de negocio o ventajas patrimoniales de las que hayan tenido conocimiento
    como consecuencia de su actividad.

    Las obligaciones contenidas en el párrafo anterior subsistirán aún después de que
    hayan cesado en sus cargos.

Artículo 9.- Colaboración y Supervisión

  1. Todos los departamentos y servicios de CMC deberán prestar su apoyo al Servicio
    de Atención al Cliente y colaborar en todo aquello que favorezca el mejor ejercicio
    de sus funciones, y, en concreto, deberán facilitar al Servicio cuantas informaciones
    solicite este en relación con el ejercicio de sus funciones de acuerdo con los principios
    de rapidez, seguridad, eficacia y coordinación.

    También podrá el Servicio de Atención al Cliente solicitar el auxilio de expertos
    ajenos a los servicios de CMC en aquellas materias sometidas a su consideración
    que por su especial complejidad o trascendencia a su juicio así lo requieran.

  2. El Director de CMC y el titular del Servicio de Atención al Cliente mantendrán reuniones
    periódicas, con la periodicidad que estimen oportunas, y, al menos, una vez al año,
    para analizar el funcionamiento del Servicio y adoptar las medidas que, en su caso,
    se estimen necesarias para asegurar el correcto desempeño de sus funciones y promover
    y velar por el cumplimiento en CMC de la normativa sobre protección de la clientela
    y de las buenas prácticas y usos financieros.

CAPÍTULO III - Procedimiento para la presentación, tramitación y resolución de las
Reclamaciones

Artículo 10.- Forma, contenido y lugar de presentación de las Reclamaciones

  1. Las Reclamaciones deberán ser presentadas por los Clientes en el plazo máximo de
    dos años desde la fecha en que tuvieron conocimiento de los hechos causantes de
    la Reclamación.

  2. Los Clientes podrán presentar sus Reclamaciones, bien personalmente
    o a través de representante, en este último caso acreditando suficientemente dicha
    representación, en el domicilio de CMC (o en cualquier oficina que CMC pudiera tener
    abierta al público en cualquier momento).

  3. Las Reclamaciones podrán presentarse
    en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre
    que éstos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos, y siempre
    de conformidad con las exigencias previstas en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre,
    de firma electrónica, tal y como ésta pueda ser modificada en el futuro o, en su
    caso, en la norma que pueda sustituirla.

    A estos efectos CMC mantendrá a disposición de sus clientes en todo momento una
    dirección de correo electrónico a la que dirigir las eventuales Reclamaciones.

  4. La tramitación del procedimiento se iniciará mediante la presentación, a través
    de cualquiera de los medios previstos en el apartado 10.3 anterior, de un documento,
    en el que se hará constar:

    • Nombre y apellidos (o razón social) y domicilio del Cliente y, en su caso, de la
      persona que lo represente y la acreditación de dicha representación; y el D.N.I.,
      pasaporte o N.I.E. o los datos del registro público correspondiente;
    • Motivo
      de la Reclamación, especificando claramente cuáles son las cuestiones sobre las
      que se solicita un pronunciamiento;
    • Oficina, departamento o servicio donde se
      hubieran producido los hechos objeto de la Reclamación;
    • Que el Cliente no tiene
      conocimiento de que la materia objeto de Reclamación está siendo sustanciada a través
      de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial;
    • Lugar, fecha y firma.

    Junto con ese documento el Cliente deberá aportar las pruebas documentales que obren
    en su poder y en las que se fundamente su Reclamación.

Artículo 11.- Admisión a trámite

  1. Una vez que la Reclamación haya sido recibida en CMC de conformidad con lo establecido
    en el artículo 10.2 anterior, si la Reclamación no es recibida directamente por
    el Servicio de Atención al Cliente y, en su caso, no es resuelta a favor del Cliente
    directamente por el propio departamento o servicio objeto de la Reclamación, ésta
    será remitida inmediatamente al Servicio de Atención al Cliente.

  2. El cómputo
    del plazo máximo de terminación del procedimiento al que se refiere el artículo
    14.1 comenzará a contar a partir del momento en que la Reclamación sea presentada
    en el domicilio de CMC (o en cualquier oficina que CMC pudiera tener abierta al
    público en cualquier momento). En caso de presentarse la Reclamación en el domicilio
    de CMC o en cualquier oficina que CMC pudiera tener abierta al público, dicha Reclamación
    será trasladada al Servicio de Atención del Cliente a la mayor brevedad posible.
    Sin embargo, en caso de que el Cliente no presente la Reclamación de acuerdo con
    lo establecido en dicho artículo 10.2, el plazo comenzará a contar a partir del
    momento en que el Servicio de Atención al Cliente reciba la Reclamación de conformidad
    con lo establecido en el apartado 11.1 anterior.

  3. Inmediatamente tras recibir
    la Reclamación, el Servicio de Atención al Cliente procederá a la apertura de un
    expediente y acusará recibo de la recepción de la Reclamación al Cliente, por escrito,
    haciendo constar expresamente la fecha de presentación de la Reclamación a los efectos
    de inicio del cómputo del plazo para dictar una resolución, calculada de conformidad
    con el apartado anterior.

  4. Si no se acreditase suficientemente la identidad del
    Cliente o la suficiencia de la representación (en caso de que la Reclamación se
    presente a través de un representante), o si no pudiesen establecerse con claridad
    los hechos objeto de la Reclamación, el Servicio de Atención al Cliente requerirá
    al Cliente (o su representante) que complete la documentación remitida en el plazo
    de diez días naturales, indicándole expresamente que si así no lo hiciera, se archivará
    la Reclamación sin más trámite.

    El plazo empleado por el Cliente (o su representante) para subsanar dichos errores,
    no se incluirán a los efectos del cómputo del plazo de dos meses al que se refiere
    el artículo 14.1.

  5. El Servicio de Atención al Cliente sólo podrá rechazar la admisión a trámite de
    una Reclamación en los casos siguientes:

    • Cuando se omitan datos esenciales para la tramitación que no sean subsanables, incluyendo
      a este respecto, cuando no se concrete el motivo de la queja o reclamación;
    • Cuando se pretendan tramitar como Reclamaciones recursos o acciones distintos cuyo
      conocimiento sea competencia de los órganos administrativos, arbitrales o judiciales,
      o cuando la Reclamación se encuentre pendiente de resolución o litigio o hubiese
      sido ya resuelta ante una instancia administrativa, arbitral o judicial;
    • Cuando
      los hechos, razones y solicitud en que se concreten las cuestiones objeto de la
      Reclamación no se refieran a operaciones concretas o el representante no reúna la
      condición de Cliente o no afecte a sus intereses y derechos legalmente reconocidos
      de conformidad con lo establecido en el artículo 3 anterior;
    • Cuando la Reclamación
      reitere otra Reclamación anterior, presentada por el mismo Cliente en relación con
      los mismos hechos;
    • Cuando hubiera transcurrido el plazo para la presentación
      de Reclamaciones al que se refiere el artículo 10.1.

    Si el Servicio entendiese que no procede la admisión a trámite de una Reclamación
    por alguno de dichos motivos, se lo notificará por escrito al Cliente (o su representante),
    dándole un plazo de diez días naturales para que presente sus alegaciones. Si el
    Cliente (o su representante) contestase a dicha notificación y se mantuviese la
    causa de inadmisión, el Servicio le notificará la decisión final que adoptase a
    este respecto.

Artículo 12.- Tramitación

  1. En el curso de la tramitación del expediente, el Servicio de Atención al Cliente
    podrá recabar del Cliente (o su representante) y de los distintos departamentos
    y servicios de CMC, cuantos datos, aclaraciones, informaciones o elementos de prueba
    considere pertinentes para adoptar su decisión. En todo caso, una vez admitida a
    trámite una Reclamación, el Servicio de Atención al Cliente se pondrá inmediatamente
    en contacto con los departamentos o servicios afectados y les solicitará los documentos,
    datos y aclaraciones que sean necesarios para formar su criterio en relación con
    los hechos que son objeto de la Reclamación.

    Todos los servicios y departamentos de CMC estarán obligados a prestar al Servicio
    de Atención al Cliente, con la mayor celeridad, todos los documentos, informaciones
    y aclaraciones que pueda requerirles el Servicio en el ejercicio de sus funciones.

    El Servicio incluirá en un sólo expediente todos los documentos que se hayan incorporado
    al procedimiento. Dichos expedientes se conservarán de conformidad con la normativa
    aplicable en cada momento y, en todo caso, por un mínimo de cinco años.

  2. Cuando exista una conexión entre las Reclamaciones planteadas por un mismo o varios
    Clientes, el Servicio de Atención al Cliente podrá optar por acumularlas en un mismo
    expediente por razones de eficacia y de congruencia.

  3. En la tramitación de las
    Reclamaciones el Servicio adoptará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento
    de la normativa sobre protección de datos personales, tal y como ésta se encuentre
    vigente en cada momento.

  4. La tramitación de las Reclamaciones se realizará en
    castellano. Podrán, sin embargo, incluirse en el expediente, sin necesidad de traducirlos,
    aquellos documentos redactados en otros idiomas que el Servicio considere pertinentes
    para adoptar la resolución.

Artículo 13.- Allanamiento y desistimiento

  1. Si CMC rectificase la situación a satisfacción del Cliente a la luz de la Reclamación
    planteada, se lo comunicará al Servicio de Atención al Cliente, presentándole la
    documentación que justifique tal allanamiento, salvo si el Cliente expresamente
    desistiese de la Reclamación.

  2. El Cliente (o su representante) podrán desistir
    de sus Reclamaciones en cualquier momento, lo que conllevará la finalización inmediata
    del procedimiento en lo que al Cliente respecta.

    No obstante, si el Servicio de Atención al Cliente, en el marco de su función de
    promoción del cumplimiento de la normativa de transparencia y protección de la clientela
    y de las buenas prácticas y usos financieros, lo estima conveniente, podrá acordar
    la continuación del procedimiento.

Artículo 14.- Finalización del procedimiento

  1. El expediente deberá finalizar en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha
    en que la Reclamación fuera presentada en el domicilio de CMC (o en cualquier oficina
    que CMC pudiera tener abierta al público en cualquier momento), conforme a lo establecido
    en el artículo 11.2 anterior.

    Sin perjuicio de la obligación del Servicio de Atención al Cliente de adoptar la
    decisión que ponga fin al procedimiento en dicho plazo, la falta de resolución en
    plazo no implicará en modo alguno allanamiento o aceptación de la Reclamación por
    parte de CMC.

  2. La decisión del Servicio de Atención al Cliente que ponga fin al procedimiento y
    resuelva la Reclamación deberá ser motivada y contener unas conclusiones claras
    sobre la solicitud planteada en la Reclamación. Deberá basarse en las cláusulas
    contractuales aplicables al supuesto de hecho y las normas de transparencia y protección
    de la clientela aplicable, así como en las buenas prácticas y usos financieros.

    Cuando la decisión se aparte de los criterios manifestados por el Servicio de Atención
    al Cliente en expedientes anteriores similares, el Servicio deberá aportar las razones
    que justifiquen la diferencia entre ambos criterios.

  3. La decisión deberá incluir expresamente la facultad que asiste al Cliente de acudir
    al Comisionado en caso de disconformidad con la decisión. A tal efecto, la decisión
    incluirá también la dirección postal y electrónica del Comisionado.

    Al cliente le asiste también la posibilidad de acudir al Comisionado en caso de
    ausencia de resolución, tras acreditar haber transcurrido el plazo de dos meses
    desde la presentación de la Reclamación.

  4. Las decisiones se dictarán en castellano.

  5. La decisión deberá notificarse
    al Cliente (o su representante) en el plazo de diez días naturales desde la fecha
    de su adopción, por escrito o por cualquiera de los medios indicados en el artículo
    10.3 anterior. La decisión se notificará a través del mismo medio en que se presentó
    la Reclamación, salvo si el Cliente (o su representante) han designado expresamente
    un medio específico.

  6. El Cliente no estará obligado a aceptar las decisiones
    adoptadas por el Servicio de Atención al Cliente, y podrá ejercitar las actuaciones
    administrativas y actuaciones judiciales que estime oportunas en relación con los
    hechos que son objeto de la Reclamación.

    Por el contrario, las decisiones del Servicio de Atención al Cliente son vinculantes
    para CMC, que deberá ejecutar, en los plazos que a tal efecto se establezcan en
    la decisión del Servicio de Atención al Cliente, las decisiones del Servicio que
    sean favorables a los intereses del Cliente. El servicio o departamento encargado
    de adoptar las medidas necesarias para ejecutar dichas decisiones informará al Servicio
    de las actuaciones que ha tomado para darles cumplimiento. Ello, no obstante, no
    impedirá a CMC iniciar, en su caso, las acciones judiciales, administrativas, arbitrales
    o de cualquier naturaleza que estime pertinentes para salvaguardar sus derechos
    e intereses legítimos.

CAPÍTULO IV - Disposiciones finales

Artículo 15.- Relación con el Comisionado

  1. El Servicio de Atención al Cliente será el encargado de atender en nombre de CMC
    los requerimientos efectuados por el Comisionado en el ejercicio de sus funciones,
    en los plazos que éste determine de conformidad con lo establecido en su propio
    reglamento.

  2. CMC adoptará los acuerdos necesarios y llevará a cabo las acciones
    oportunas para facilitar que la transmisión de los datos y documentos que sean necesarios
    en sus relaciones con el Comisionado se efectúe por medios telemáticos mediante
    el uso de la firma electrónica, de conformidad con lo establecido en el artículo
    4 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, y su normativa de
    desarrollo.

Artículo 16.- Información pública

El Servicio de Atención al Cliente será también responsable del cumplimiento de
las obligaciones de información establecidas por la Orden y en general por la normativa
de transparencia y protección de la clientela de servicios financieros.

En particular, velará por que en el domicilio de CMC (y, en su caso, en cualquiera
de las oficinas que CMC pueda abrir en el futuro) y en su página web, se incluya
la siguiente información:

  • La existencia del Servicio de Atención del Cliente, junto con su dirección postal
    y electrónica;
  • La obligación que asiste a CMC de atender y resolver las Reclamaciones
    presentadas por los Clientes en el plazo de dos meses desde su presentación al Servicio;
  • Una referencia al Comisionado, su dirección postal y electrónica, y a la necesidad
    de agotar la vía del Servicio de Atención al Cliente para poder formular reclamaciones
    ante el Comisionado;
  • Una versión actualizada del presente Reglamento; y
  • Referencias a la normativa de transparencia y protección del cliente de servicios
    financieros.

Artículo 17.- Informe anual

  1. El Servicio de Atención al Cliente presentará al Director de CMC, dentro del primer
    trimestre de cada año, un informe explicativo del desarrollo de su función durante
    el ejercicio precedente, que habrá de tener el contenido mínimo siguiente:

    • Un resumen estadístico de las Reclamaciones atendidas, con información sobre su
      número, admisión a trámite y razones de inadmisión, motivos y cuestiones planteadas
      en las Reclamaciones, y cuantías e importes afectados;
    • Un resumen de las decisiones
      dictadas, con indicación del carácter favorable o desfavorable para el Cliente;
    • Criterios generales contenidos en las decisiones del Servicio;
    • Recomendaciones
      o sugerencias derivadas de su experiencia, con vistas a una mejor consecución de
      los fines que informan la actuación del Servicio de Atención al Cliente.
  2. Al menos un resumen de dicho informe se integrará en la memoria anual de CMC.

Artículo 18.- Modificación

  1. El presente Reglamento sólo podrá ser modificado por el Director General de CMC
    de conformidad con la normativa sobre transparencia y protección de la clientela
    vigente en cada momento.

  2. Dichas modificaciones, una vez aprobadas por el Director,
    serán remitidas por el Servicio de Atención al Cliente a la Comisión Nacional del
    Mercado de Valores para su verificación.

Artículo 19.- Entrada en vigor

Este Reglamento entrará en vigor en el momento en el que CMC inicie sus actividades
como Sucursal en España de una Empresa de Servicios de Inversión Comunitaria.

Sistema de Garantía de Inversiones

Como cliente de CMC Markets, Ud. puede beneficiarse de la protección que ofrece el Sistema de Compensación de Servicios Financieros (Financial Services Compensation Scheme) (en adelante, el 'FSCS'), en caso de que CMC Markets devenga insolvente o suspenda sus operaciones.

El FSCS se creó el 1 de diciembre de 2001, cuando la Financial Services and Markets Act 2000 entró en vigor, y actúa como una "red de seguridad" para los clientes de las empresas autorizadas (es decir, la FSA regula empresas de servicios financieros tales como CMC Markets).

El FSCS está disponible cuando una firma no autorizada entra en insolvencia, y no puede o es probable que sea incapaz de pagar las reclamaciones formuladas en su contra por los clientes. El nivel máximo de indemnización para las reclamaciones contra las empresas declaradas en situación de insolvencia es de 50.000 libras.

Usar el sistema de garantía no le cuesta nada, pero para tener derecho a una compensación usted necesita tener los requisitos adecuados para la FSC. Generalmente, el FSCS cubre particulares, así como algunas pequeñas empresas.

Para obtener información adicional sobre las FSCS puede consultar la página web de la FSCS, https://www.fscs.org.uk/ or by calling the FSCS Helpline on +44 (0) 20 7741 4100 or 0800 678 1100.
 

Sus Preferencias de Marketing

Si usted ya no desea recibir comunicaciones publicitarias sobre formación por parte de CMC Markets, por favor introduzca su dirección de correo para que la eliminemos de nuestra lista de correos en el siguiente formulario.

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CMC Markets, de acuerdo con la regulación, garantiza que las comunicaciones acerca de la operativa sobre su cuenta se siguen enviando independientemente de sus preferencias de marketing. Usted está incluido en estos correos electrónicos. Si decide darse de baja, no recibirá más comunicaciones publicitarias por nuestra parte, lo que puede incluir correos electrónicos sobre seminarios online, seminarios presenciales y otros eventos de clientes efectuados por CMC Markets.

Inversor Particular

Dependiendo de la información que nos haya facilitado en el formulario de apertura de cuenta, procederemos a clasificarle como Inversor Particular o No Particular a efectos de proporcionarle acceso a cotizaciones en tiempo real en el mercado de acciones.

Para ser clasificado como Inversor Particular, debe cumplir con todas las condiciones que figuran a continuación:

1. es usted una persona física

2. Accede y utiliza los datos de mercado e información similar de forma personal e individual, para la gestión de sus fondos personales y no para cualquier otro propósito comercial como responsable, oficial, socio, empleado o agente de cualquier empresa o en relación con la gestión profesional de activos de terceros.

3. No forma parte de una institución financiera o está registrado como agente de valores profesional o asesor de inversores en algún mercado, autoridad reguladora, organismo autoregulador.

4. No forma parte del sector financiero y no está empleado como un asesor financiero en relación con el acuerdo y actividades de trading con CMC Markets.

5. No participa en el negocio de acceso o agregación de los datos de mercado o información similar y redistribuye o de otra manera proporciona esa información a terceros

Por lo tanto, al ser clasificado como Inversor Particular, si usted se suscribe para tener acceso a cotizaciones en el mercado real de acciones, se le cobrará la cuota correspondiente como Inversor Particular.
Información detallada sobre esta cuota la puede encontrar en nuestra plataforma, en la sección “configuración de preferencias”, en “datos de mercado”.

Si tiene alguna consulta con respecto a su clasificación como Inversor Particular a efectos de acceso a cotizaciones en tiempo real en el mercado de acciones, por favor póngase en contacto con nuestro departamento de Atención al Cliente en el +34 911 140 705 o en soporteclientes@cmcmarkets.es


Inversor no Particular

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Para ser clasificado como Inversor No Particular, debe cumplir con alguna de las condiciones que figuran a continuación:

1. No es una persona física

2. Accede y utiliza los datos de mercado e información similar con un propósito comercial, o como responsable, oficial, socio, empleado o agente de cualquier empresa o en relación con la gestión profesional de activos de terceros, y no de forma personal e individual para la gestión de sus fondos personales.

3. Forma parte de una institución financiera o está registrado como agente de valores profesional o asesor de inversores en algún mercado, autoridad reguladora, organismo autoregulador.

4. Forma parte del sector financiero y está empleado como un asesor financiero en relación con el acuerdo y actividades de trading con CMC Markets.

5. Participa en el negocio de acceso o agregación de los datos de mercado o información similar y redistribuye o de otra manera proporciona esa información a terceros.

Por lo tanto, si usted se suscribe para tener acceso a cotizaciones en tiempo real en el mercado de acciones, se le cobrará la cuota de Inversor No Particular.  Información detallada sobre esta cuota puede encontrarla en la plataforma, en la sección "configuración de preferencias", en "datos de mercado".

Si tiene alguna consulta con respecto a su clasificación como Inversor No Particular a efectos de acceso a cotizaciones en tiempo real en el mercado de acciones, por favor póngase en contacto con nuestro departamento de Atención al Cliente en el +34 911 140 705 o en soporteclientes@cmcmarkets.es

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